EL LíMITE DE DINERO EN EFECTIVO QUE PUEDES LLEVAR EN EL COCHE EN VACACIONES SIN TENER QUE DECLARARLO A HACIENDA

Una de las preguntas más frecuentes que muchas personas se hacen al irse de vacaciones es la cantidad de dinero en efectivo que se llevan para hacer frente a los gastos típicos de esos días: excursiones, comidas o cualquier tipo de capricho que solemos concedernos en estas ocasiones.

Por eso, hay que tener bien claro el dinero en efectivo que podemos llevar encima estando en vacaciones y en situaciones tan habituales como, por ejemplo, el viaje en coche a nuestro destino. La ley establece unos máximos de dinero que se pueden llevar en efectivo sin necesidad de declarar con el objetivo de luchar contra el blanqueo de capitales y la economía sumergida.

Ante todo, hay que dejar claro que no existe ninguna normativa que prohíba llevar dinero en efectivo encima. Lo único que se regula es que, en determinados casos (cuando se superan ciertas cantidades), es necesario portar una declaración en la que se indique el origen del dinero. Nada más.

Todo aparece recogido en la Ley 10/2010, de 28 de abril (se puede consultar en este enlace), en cuyo artículo 34 se establece que "deberán presentar declaración previa las personas físicas que, actuando por cuenta propia o de tercero, realicen los siguientes movimientos":

  • Movimientos dentro del territorio nacional con medios de pago de 100.000 euros o más.
  • Entradas o salidas del territorio nacional con medios de pago de 10.000 euros o más.

La ley entiende por medios de pago diferentes cosas: papel moneda, moneda metálica, efectos negociables o de pago al portador, tarjetas de prepago no vinculadas a cuentas bancarias o materias primas como el oro.

Por lo tanto, el máximo de dinero que se puede llevar encima sin declarar mientras vamos en un coche serán 100.000 euros, un límite que no debería afectar a la mayoría de los mortales. O, si el viaje implica el cruce de alguna frontera, 10.000 euros. Una cantidad también muy elevada.

Cómo declarar el dinero en efectivo a Hacienda

En el caso de que se superen esas cantidades el ciudadano debe portar consigo una declaración en la que se especifique el origen del dinero. La misma ley que impone los límites explica cómo hacerlo.

En concreto, establece que el ciudadano ha de llevar una declaración que contenga "datos veraces relativos al portador, propietario, destinatario, remitente, importe, naturaleza, procedencia, uso previsto, itinerario y modo de transporte de los medios de pago".

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